Registro de morosos

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Indemnización de 10.000 euros para una mujer a la que se incluyó en la lista de morosos por no pagar unas deudas con Vodafone

05 de abril de 2018 Jurisprudencia derecho al honor

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que da la razón a una ex clienta de Vodafone que reclamaba que se había producido una vulneración a su derecho al honor al incluir sus datos en un registro de morosos por no pagar una deuda que tenía con la operadora de teléfono por no estar de acuerdo con la misma. El Alto Tribunal considera que no cabe incluir en ese tipo de ficheros a quienes “legítimamente discrepan del acreedor respecto de la existencia y cuantía de la deuda”.

Una compañía telefónica deberá pagar 15.000 euros a un cliente que incluyó en una lista de morosos por una deuda inexistente

05 de agosto de 2014 Noticias Morosos

   El Tribunal Supremo ha confirmado la indemnización de 15.000 euros que deberá pagar France Telecom a un cliente madrileño, a quien reclamó una deuda de 44 euros por un servicio que no le había prestado y después incluyó en un registro de morosos ocasionándole la imposibilidad de acceder a los créditos que había solicitado para formar su empresa.

Los gestores de los registros de morosos son responsables de comprobar 'la existencia, certeza y vencimiento de las deudas' que determinaron la inclusión en el mismo

10 de junio de 2014 Noticias Registro de morosos

La interpretación de las normas reglamentarias en materia de protección de datos de carácter personal no puede llevar a que el responsable del "registro de morosos", esto es, la empresa titular del fichero común en el que se incluyen los datos sobre incumplimientos de obligaciones dinerarias procedentes de los ficheros de distintos acreedores, esté excluido de la obligación de velar por la calidad de los datos, y, por tanto, de cancelar o rectificar de oficio los que le conste que sean no pertinentes, inexactos o incompletos. Como responsable del tratamiento de los datos obrantes en el registro de morosos del que es titular, le compete atender la solicitud de cancelación o rectificación del afectado cuando la misma sea suficientemente fundada porque los datos incluidos en el fichero no respetan las exigencias de calidad derivadas de las normas reguladoras del derecho. Y por las mismas razones ha de responder de los daños y perjuicios causados al afectado cuando se hayan incumplido estas obligaciones.

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